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Actualización en las Reglas Generales de Comercio Exterior en México 2022
Actualización en las Reglas Generales de Comercio Exterior en México 2022
El pasado viernes 24 de diciembre de 2021 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para el 2022 y su anexo 13, este último referente a las multas y cantidades actualizadas que establece la Ley.
También, durante el 6 y 7 de enero de 2022 se publicaron los Anexos, del 3 al 30 de las mismas RGCE. Por lo tanto, ante estas actualizaciones, le presentamos a continuación las principales modificaciones que debe tomar en cuenta para efectuar sin complicaciones sus actividades de comercio exterior:
- Se creó la Regla 1.1.5 donde aparece la lista de Anexos de las RGCE.
- El anterior Anexo 1 A, sobre los formatos para realizar los trámites en materia de comercio exterior, ahora es el Anexo 2.
- El anterior Anexo 2, ahora es el Anexo 13, donde se establecen las multas y las cantidades actualizadas.
- El anterior Anexo 20 sobre la mercancía que tiene que cumplir con derechos de marca al momento de su importación, es decir la licencia del fabricante o poseedor de la marca para poderla importar, ahora es el Anexo 30.
Manifestación de Valor Electrónica
Continúa la prórroga para la entrada en vigor de la Manifestación de Valor electrónica, ya que lo descrito en la Regla 1.5.1 será exigible 90 días posteriores a que la autoridad publique el formato oficial “Manifestación de Valor” del Anexo 1, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM), en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Como importador, es importante que se mantenga al tanto y esté preparado ante este cambio, ya que el trámite no lo podrá realizar su agente aduanal, a menos que lo habilite mediante poder notarial. Mientras tanto, se debe cumplir con la presentación de la Manifestación de Valor y la hoja de cálculo, utilizando los formatos vigentes.
CFDI con complemento Carta Porte
El uso del complemento Carta Porte entró en vigor el 1 de enero de 2022, por lo que continúa la obligación para los importadores de expedir el CFDI tipo ingreso con complemento Carta Porte previo al traslado de las mercancías.
Sin embargo, el requisito sobre la declaración del número de folio del CFDI con Complemento Carta Porte en los procedimientos aduaneros, será exigible a partir del 31 de marzo de 2022, como periodo de transición sin multas ni sanciones.
Le puede interesar leer: Carta Porte SAT: ¿Qué es y cómo obtenerla?
Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE)
Las empresas con un RECE bajo las modalidades de IVA e IEPS, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado, que obtuvieron su registro bajo al esquema de subcontratación, establecidos en los artículos 15-A al 15-D de la Ley Federal del Trabajo (LFT), tendrán 15 días para informar a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) que cumplen con las RGCE 2022.
Empresas IMMEX que importen mercancías sensibles
Se establece la obligación de las empresas que cuentan con Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), de garantizar el pago de las contribuciones mediante la póliza de fianza por la importación temporal de mercancías sensibles, del Anexo II del Decreto IMMEX.
Este será exigible hasta que entre en vigor el acuerdo que la Secretaría de Economía debe publicar en el DOF, para la aplicación del artículo 5, fracción IV del decreto IMMEX.
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Actualización de multas y cantidades (Anexo 13)
Se dan a conocer las actualizaciones en cuanto a las multas y cantidades establecidas en la Ley Aduanera y su Reglamento, las cuales están vigentes a partir del 1 de enero de 2022. Entre los supuestos destacan las siguientes multas:
- Datos inexactos en Comprobante de Valor Electrónico
- Omisión o presentación extemporánea de documentos
- Omisión del pago de impuestos al comercio exterior
- Por no comprobar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias
- Incumplir con la obligación de contar con un sistema de control de inventarios
Además, se establece que la patente de los agentes aduanales no será cancelada a causa de la declaración errónea del domicilio fiscal del importador o exportador en el pedimento, siempre que se haya declarado en el campo de observaciones.
En Logycom le brindamos asesoría en comercio exterior para que realice sus actividades comerciales sin complicaciones y sin sobre costos causados por multas o sanciones, ya que contamos con un equipo de profesionales que están al tanto de todas las modificaciones y actualizaciones de las reglas comerciales. Contáctenos.
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