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Calzado y textil: lo que debe saber con el T-MEC
Concluido el proceso de ratificación del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), y con los últimos detalles siendo afinados para su entrada en vigor en los próximos meses, los diferentes sectores de la manufactura nacional ya se preparan para cumplir con las nuevas disposiciones en la región en materia de logística y comercio exterior.
En el caso de las industrias textil y de calzado, aunque el acuerdo comercial no impactó directamente la dinámica actual de intercambio entre los tres mercados, se prevé que las compañías deban implementar ciertos cambios para cumplir con reglas de origen y leyes aduaneras, por mencionar sólo un par de aspectos normativos.
Por todo lo anterior, en este artículo de Logycom le decimos las condiciones y los requerimientos que su empresa de moda deberá tener en cuenta previo al arranque formal del T-MEC.
Ventajas del T-MEC para el sector de la moda
De acuerdo con un reporte de FashionUnited, el T-MEC tuvo un resultado favorecedor para la industria de la moda pues, en primer lugar, se mantuvieron las tasas de preferencia arancelaria del TLCAN, lo que permite a productores nacionales seguir exportando sin el pago de impuestos.
Así, en el Capítulo VI Mercancías Textiles y del Vestido, se preservaron los certificados de elegibilidad (conocidos como TPLs) para exportar prendas de vestir y bienes textiles manufacturados con insumos de terceros países, hasta cierto límite (en telas e hilos).
Otros puntos importantes fueron:
- Prevalece el libre comercio sin ningún límite para prendas de vestir que se ensamblen en México a partir de tela formada y cortada en Estados Unidos (régimen especial).
- Se preservan las reglas de origen denominadas de “hilo en adelante” (yarn forward), las cuales exigen que un bien textil deba ser manufacturado (en su caso, cortado y ensamblado) en la región de América del Norte, a partir de hilos originarios, es decir, tanto el hilo como el tejido deberán ser producidos en cualquiera de los tres países.
- Se incrementó el porcentaje de “De minimis” del 7% al 10% en peso para bienes clasificados dentro de los Capítulos 50 al 63 (manteniéndose el 7% para elastómeros).
- Se incluyen requisitos adicionales para que las prendas de vestir sean originarias: se exige que el hilo de coser, la tela para bolsillos y los elásticos sean originarios.
- Se requiere además que las telas impregnadas o recubiertas utilizadas en la manufactura de un producto textil o de vestido también sean originarias.
- Se amplía la cobertura de las disposiciones para bienes folklóricos textiles, a fin de que los productos elaborados por indígenas sean elegibles para trato arancelario preferencial.
- Se amplía la cobertura de auditorías y verificaciones (incluyendo visitas sorpresa) para comprobar el cumplimiento de las reglas de origen, prevenir fraudes y detectar delitos aduaneros y evasiones de impuestos.
- Se crea el Comité Textil tripartita para facilitar las consultas y tener una mayor cooperación entre las autoridades.
Por su parte, los fabricantes de zapatos tuvieron aún mejores noticias ya que, de acuerdo con el presidente de la Cámara del Calzado de Guanajuato, Luis Gerardo González, con el T-MEC al sector cuero-calzado “no se le modificó prácticamente nada”.
Así, se mantiene la importación a tasa cero de insumos provenientes de nuestros socios comerciales, así como las mismas reglas para exportar.
<< Cómo importar calzado a México >>
Retos en materia laboral y protección a la industria nacional
El líder de los zapateros reconoció que los compromisos asumidos por México, tanto en materia de libertad sindical como de respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores, representan un reto importante para la industria pues, aunque existe cierta paz laboral, puede haber presiones y malos manejos en organizaciones sindicales.
Particularmente, el Capitulo XXIII Laboral incluye un Anexo en materia de representación de los trabajadores y negociación colectiva en México, donde se establece la creación de una entidad independiente que se encargue de la verificación del registro de sindicatos y contratos colectivos, así como de Tribunales Laborales independientes para la resolución de controversias laborales.
Adicionalmente, vale la pena apuntar que, sobre los esfuerzos para evitar la subvaluación y triangulación de mercancías textiles y de calzado provenientes del extranjero, la Secretaría de Economía refrendó y extendió hasta septiembre de 2024 la protección a 317 fracciones arancelarias, con impuestos a pagar por estos bienes de entre el 25% y 30% cuando provengan de países con los que México no tiene acuerdos comerciales.
<< Principales aranceles para importar ropa a México >>
Así, productores y distribuidores de moda tendrán que seguir cumpliendo con estas restricciones y además deberán tener sus registros y documentos técnicos en orden por si son objeto de una inspección sorpresa que ponga en riesgo el trato arancelario preferencial a sus mercancías.
Con todo, el T-MEC abre varias posibilidades para fabricantes mexicanos pues, de acuerdo con González García, tan sólo en la región de Norteamérica se consumen alrededor de 3 mil 200 millones de pares de zapatos al año. En tanto, el mercado de EU acaparan el 86% del total de las exportaciones de las industrias textil y de confección mexicanas.
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